Regulación de los patinetes eléctricos: La gran 'patata caliente'

Regulación de los patinetes eléctricos: La gran ‘patata caliente’ (II)

En un anterior post veíamos el origen del boom de los patinetes eléctricos y los motivos que están llevando a estos aparatos a ser los más odiados en los centros de las grandes ciudades. También hicimos un pequeño repaso sobre la industria que se está generando detrás y el futuro más inmediato que le depara a este nuevo medio de transporte: el sharing.

Vamos a repasar ahora cómo están actuando las distintas administraciones públicas responsables -en mayor o menor medida- de regular los patinetes eléctricos, así como las diferentes normativas que ya se han implantado en las dos principales ciudades españolas para intentar poner freno a las actitudes incívicas de algunos usuarios de patinetes eléctricos.

¿Cómo regulan los Ayuntamientos de Barcelona y Madrid los patinetes eléctricos?

Normativa de Barcelona

Barcelona cuenta con una ordenanza (no muy extensa) que regula los patinetes eléctricos desde mayo del año pasado. Dicha regulación, clasifica los vehículos en función de su tamaño, peso y velocidad. La categoría A, donde se engloban la mayoría, deben ir por el carril bici, las calles de plataforma única o los parques. Si alcanzan velocidades superiores a los 20 km/h, también pueden ir por las calles de las llamadas “Zonas 30”. En ningún caso pueden ir por las aceras ni las calzadas normales. El uso del casco está recomendado en la categoría A y es obligatorio para uso comercial (turistas y empresas de sharing) y para los usuarios de patinetes con más potencia (como los que tienen asiento). Sobre el límite de velocidad, el máximo permitido es de 30 km/h en carriles bici situados en la calzada, mientras que para los que están sobre la acera el límite es de 10.

No obstante, y a pesar de que fue uno de los pioneros en la regulación de la circulación de los patinetes eléctricos, el Ayuntamiento de Barcelona considera “urgente” que la Dirección General de Tráfico establezca cuanto antes una norma estatal sobre estos vehículos.

Normativa de Madrid

En octubre salió adelante una nueva normativa de movilidad en Madrid que, entre otras cosas, también regula el uso de los patinetes eléctricos. La nueva ordenanza municipal de movilidad sostenible sostiene que “con carácter general se prohíbe la circulación de los Vehículos de Movilidad Urbana por aceras y demás espacios reservados con carácter exclusivo para el tránsito, estancia y esparcimiento de los peatones”.

Al igual que ocurre en Barcelona, la norma distingue entre varios tipos de vehículos según una clasificación de la DGT, la mayoría de patinetes eléctricos encajarían en los grupos A (velocidad máxima de 20 km/h y masa igual o inferior a los 25 kg) y B (velocidad máxima de 30 km/h y masa igual o inferior a los 50 kg). Esta clasificación ya invita a la confusión porque, por ejemplo, el modelo de Xiaomi, el más vendido, podría entrar en ambos grupos.

No obstante, a grandes rasgos, ambos tipos de vehículos deberán circular siempre por ciclocalles, carriles bici protegidos, calles residenciales de 20km/h y pistas bici siempre que la anchura del vehículo lo permita en condiciones de seguridad. Así como por las aceras bici y sendas bici, con precaución y velocidad moderada, respetando la prioridad de paso de los peatones en los cruces señalizados. Los de tipo B, además, también podrán circular por las llamadas “Zonas 30”, compartiendo espacio con los vehículos. Nunca podrán ir por la acera, la calzada general, los ciclocarriles, carriles bus-taxi o calles de un solo carril por sentido o un único carril.

Las normativas municipales de Madrid y Barcelona prohíben el uso de los patinetes eléctricos por la acera.
Las normativas municipales de Madrid y Barcelona prohíben el uso de los patinetes eléctricos por la acera.

La DGT recoge el guante

Como hemos visto, las normativas municipales varían según el Ayuntamiento y, en ocasiones, son muy confusas y poco claras. De la necesidad de establecer un criterio único, claro y conciso para todos, la Dirección General de Tráfico (DGT) ya ha anunciado que prevé una norma estatal dentro de la nueva ley de Seguridad Vial.

La noticia sobre la primera muerte de una persona atropellada por un patinete eléctrico en Esplugues de Llobregat (Barcelona) ha puesto encima de la mesa la necesidad de establecer, con la mayor celeridad posible, unas reglas únicas de uso en todo el territorio. Tráfico asegura que tendrán la consideración de “Vehículos de Propulsión Eléctrica” y que la nueva normativa expulsará definitivamente a estos aparatos de las aceras para evitar conflictos y nuevos accidentes como el de Esplugues.

El Real Decreto que incluirá la nueva regulación se prevé que esté listo para el próximo verano. A parte de expulsar a los patinetes eléctricos de las aceras (como ya ocurre en Barcelona o Madrid), la DGT también quiere limitar la velocidad de estos vehículos a los 25 km/h, siguiendo las indicaciones de Bruselas, y que los conductores de este medio de transporte puedan ser sometidos a test de alcoholemia y drogas, así como la prohibición del uso de auriculares.

Patinetes eléctricos de la compañía de "sharing" Bird.
Patinetes eléctricos de la compañía de sharing Bird.

¿Verdugos o víctimas?

Como pasa en muchas ocasiones, la conducta incívica de unos pocos criminaliza al resto. Que hay que perseguir el uso indebido del patinete eléctrico no cabe duda, aunque quizás si se usara el sentido común más a menudo no haría falta legislarlo todo. Que un patinete vaya por la acera a 25 km/h esquivando viandantes es una temeridad lo diga o no una normativa.

Pero, por unos cuantos incívicos, se ha prendido un fuego que ya parece difícil de apagar y estamos viviendo lo que en apariencia es una campaña de persecución al patinete eléctrico. Ese aparato que las Administraciones miraban, no tanto tiempo atrás, con cierta sorna a la vez que invitaban a sus ciudadanos a usarlo como forma alternativa a unos transportes públicos cada vez más colapsados, ahora se ha convertido en el centro de todos sus problemas.

Algo importante que ningún Ayuntamiento ha comentado en todo este largo y complejo vaivén de normativas y Administraciones es cuántos conductores de patinetes eléctricos son atropellados al año en las calles de Barcelona, Madrid, Valencia o Zaragoza. Y es que la red de carriles bici de nuestro país -si es que es por ahí el mejor sitio por donde debe circular el patinete eléctrico- dista mucho de ser perfecta y, en demasiadas ocasiones, pone en riesgo las vidas de sus usuarios.

En Delvy Law & Finance estaremos atentos a cualquier cambio normativo sobre los patinetes eléctricos y os lo contaremos en cuanto haya alguna novedad. Si tienes cualquier duda legal sobre este o cualquier otro asunto no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro e-mail [email protected] o el teléfono 935 18 53 85.

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