¿Tienes una productora, una agencia de publicidad? ¿Realizas castings? ¿Te dedicas a la fotografía?
Si tu respuesta es afirmativa a alguna de las preguntas anteriores y no estás al día de cuáles son las obligaciones legales con las que debe cumplir tu negocio, tal vez este artículo pueda serte de ayuda para conocer mejor los requisitos legales para crear una agencia.
Antes, si tu negocio está empezando o por el momento es solo un proyecto, te recomendamos por supuesto que revises uno de nuestros contenidos TOP: Cómo crear una sociedad limitada, que te será de gran ayuda para definir los básicos en los momentos iniciales de tu negocio.
Requisitos legales para crear una agencia de publicidad
A nivel online:
1-Probablemente vas a recoger datos de carácter personal, ya sea vía tu página web o bien recogiendo datos de tus clientes, con lo que hay que cumplir con la LOPD. Para ello deberás rellenar una serie de formularios y realizar la oportuna comunicación a la AEPD. Puedes encontrar toda la información relativa a tus deberes sobre protección de datos en la página de la AEPD: http://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php
2.- Tu página web también deberá disponer de una política de privacidad y unas condiciones de uso, acordes con la finalidad de la misma.
3-Registra tu marca en la clase oportuna. Pese a que no es ninguna obligación registrar tu marca, sí que es altamente recomendable. Piensa que vas a crear “valor” en base a ella, y poder protegerte frente a terceros es hoy un “must” y más si vas a tener presencia en internet.
4.-Cuida las imágenes que aparecen en tu web y ten los contratos de cesión oportunos. Puedes encontrar información ampliada de este aspecto en otro artículo de nuestro blog: (https://delvy.es/infringe-mi-website-derechos-de-propiedad-intelectual/)
A nivel contractual:
1.- Si vas a colaborar con terceros (que seguro que sí; otras productoras, realizadores, directores, otras agencias etc), sería bueno tener contratos con cada uno, sobre todo si vas a colaborar de manera habitual. En todo caso, al menos, tenerlo por escrito ( aunque sea por mail). Puedes evitarte situaciones incómodas en un futuro tan sólo por enviar un mail al colgar el teléfono concretando el acuerdo.
2.- Si vas a asociarte con alguien, que sea por escrito.
3.-Si vas a trabajar con menores. Autorizaciones oportunas del tutor. Siempre.
4.-Te van a ceder derechos de PI, y siempre tiene que ser por contrato (no tiene porqué ser un contrato de 5 páginas, pueden ser sólo unas líneas, pero debe estar bien hecho). Muchos contratos que circulan por la web contienen cláusulas que son anulables y podrían dar lugar a importantes indemnizaciones.
A nivel fiscal:
1.-Vas a tener que emitir facturas y vas a tener que pagar impuestos. Estudia que forma necesitarás para optimizar tu tributación y responsabilidad. ¿Autónomo?, ¿SL?
2.- Como para cualquier otro negocio, deberás llevar tu contabilidad al día. A nadie le gusta pagar multas ni recargos. Si no puedes gestionarlo tú, encárgalo a un profesional.
3.-Hay ciertas especialidades relativas a la fiscalidad en esta materia. Por ejemplo, los derechos de imagen no llevan IVA. ¡Infórmate!
Para cualquier consulta no dudes en ponerte en contacto con nosotros en [email protected]. ¡Estaremos encantados de poder ayudarte!
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