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Tras las dos Sentencias dictadas recientemente por el Tribunal Supremo, se ha establecido la doctrina jurisprudencial de la inexistencia de la obligación empresarial de llevar a cabo un registro de la jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de la jornada laboral. Dicha obligación de registro, de acuerdo con el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, se extiende sólo a las horas extraordinarias y no a toda la jornada de trabajo.
¿Qué establece la nueva Instrucción?
Por dicho motivo, la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha dictado una nueva Instrucción, la 1/2017 de 18 de Mayo. Esta complementa la anterior Instrucción 3/2016 sobre “Intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias”. Establece lo siguiente:
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La Instrucción 3/2016 sigue vigente, pero el registro de la jornada diaria de trabajo para contratos a tiempo completo ya no es una obligación exigible a las empresas. Por tanto, la falta de tal registro no es constitutiva de infracción del orden social.
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La no obligatoriedad del registro de la jornada diaria no exime a las empresas de respetar los límites legales y convencionales en materia de tiempo de trabajo y horas extraordinarias. Corresponde a la Inspección de Trabajo velar por su cumplimiento y podrá determinar las infracciones sancionables de los hechos que contravengan las normas en esta materia sobre la base de las comprobaciones inspectoras. Por ello, se ha de continuar llevando un registro y control de las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores.
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Las normas sobre registro de jornada de los trabajadores contratados a tiempo parcial, trabajadores móviles en el transporte por carretera, de la marina mercante o ferroviarios no quedan afectadas por la doctrina del Tribunal Supremo. La Inspección debe seguir exigiendo a las empresas su registro diario. Por tanto, dicha instrucción no es aplicable a los trabajadores contratados a tiempo parcial, de los que se deberá seguir llevando obligatoriamente un registro diario de su jornada.