Los estudiantes en España deben estar en posesión de una autorización de estancia por estudios. Esta puede ser prorrogada si el estudiante continúa con su formación dentro del mismo ámbito o similar a los estudios con los que se le concedió el permiso anterior. Asimismo, si ha cursado con éxito los anteriores estudios con los que se le aprobó el permiso de estudiante.
Con la entrada en vigor del Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, el permiso de estudiante también incluye una autorización de trabajo (cuenta ajena y cuenta propia), para trabajar en una jornada no superior a 30 horas semanales, y siempre que la jornada laboral sea compatible con los estudios. El permiso de trabajo que incluye la autorización de estancia por estudios sólo se concederá para estudios superiores, para formación reglada para el empleo o para obtener un certificado de profesionalidad para una ocupación concreta.
No obstante lo anterior, para poder trabajar a jornada completa será necesario que el estudiante modifique su permiso a cuenta ajena o a cuenta propia. Esto dependerá de si el estudiante dispone de una oferta laboral o si desea iniciar su propio negocio.
En este artículo, trataremos sobre la modificación de estudiante a cuenta propia en el caso de que el estudiante desea implantar un proyecto empresarial en España. Este no debe reunir los requisitos de la autorización de residencia para emprendedores (que recogen sólo los proyectos empresariales innovadores, por ejemplo, startups).
¿Cuáles son los requisitos para la modificación de estudiante a cuenta propia?
Los requisitos para la modificación de estudiante a cuenta propia o permiso de residencia por negocio son los siguientes:
• Se debe haber finalizado los estudios con los que fue concedida la autorización de estancia por estudios.
• No tener antecedentes penales.
• Tener la capacitación y cualificación profesional que legalmente se exija para realizar la profesión o la experiencia suficiente.
• Si se trata de realizar una actividad que exige la colegiación en un colegio profesional, se debe estar colegiado. Por ejemplo, en el caso de médicos o abogados.
• Poseer la inversión necesaria para implantar el proyecto empresarial.
• Tener recursos económicos suficientes para poder mantenerse durante la vigencia del permiso por cuenta propia.
• Aportar un proyecto empresarial que describa el negocio. Esto se podría realizar mediante el plan de marketing, los precios de los servicios o productos, los costes de implantación del proyecto, las inversiones o las proyecciones financieras durante los siguientes 3 años. Algunos casos, serían la creación de empleo o las licencias necesarias para realizar la actividad, entre otras.
Además de lo anterior, es muy recomendable disponer de un informe de viabilidad del proyecto empresarial emitido por alguna de las asociaciones de autónomos autorizadas para emitirlo. Por ejemplo, la Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos o la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos.
La solicitud de modificación de estudiante a cuenta propia en España podrá presentarse 60 días antes y hasta 90 días después de la caducidad del permiso de estancia por estudios.
Flexibilización de los requisitos con la aprobación del Real Decreto 629/2022
Antes de la entrada en vigor del Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, se exigía que el estudiante estuviera durante 3 años con permiso de estancia por estudios. Por ello, se le obligaba a continuar siendo estudiante durante 3 años en España antes de poder obtener una autorización de trabajo. Además, también era obligatorio que el estudiante no hubiera sido becado en España ni en su país de origen para realizar los estudios. De tal manera que, únicamente se podía presentar la solicitud de modificación 60 días antes de la caducidad de la autorización de estancia por estudios.
El Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, eliminó los mencionados requisitos. Estos se flexibilizaron para la modificación de un permiso de estudiante a un permiso de trabajo. Además, permitió que se presentara la solicitud de modificación dentro de los 90 días después de la caducidad de la autorización de estudiante.