Los socios de una sociedad deben reunirse al menos una vez al año en Junta Ordinaria de Socios, generalmente durante el primer semestre del año, para examinar y en su caso aprobar las cuentas anuales del ejercicio anterior, así como aprobar la gestión del órgano de administración y la aplicación del resultado de dicho ejercicio. La Junta Ordinaria de Socios debe convocarse a cada socio de la forma en que prevean los estatutos sociales, a menos que se constituya como una Junta Universal de Socios.
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