Datos de carácter personal

La LOPD se refiere a cualquier información concerniente a una persona física que la pueda identificar o la haga identificable. De esta forma, por ejemplo, un retrato fotográfico identificaría a una persona física y un número de teléfono móvil haría identificable a una persona física. En ambos casos, por tanto, se trata de un datos de carácter personal. La AEPD, como órgano sancionador en la materia, será la encargada de determinar en última instancia la consideración de dato de carácter personal de cualquier tipo de información.