nueva ley autónomos

Novedades de la nueva Ley de Autónomos

El pleno del Senado aprobó el pasado miércoles día 11 de Octubre de 2017 por unanimidad la proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo (Ley de Autónomos), que se encuentra pendiente de su publicación en el BOE para su entrada en vigor al día siguiente.

Es por ello que a través de la presente nota informativa pretendemos informaros de los principales aspectos a tener en cuenta recogidos en dicha ley que detallamos a continuación:

Bonificaciones de la cuota de autónomos para emprendedores

-Se amplía a un año de duración la tarifa plana de 50€ para nuevos autónomos o para aquellos que no han sido autónomos en los dos últimos años (esta medida entrará en vigor el próximo 1 de Enero de 2018).

-Los emprendedores podrán volver a optar a esta tarifa plana pasado tres años desde la última vez que la disfrutaron si vuelven a emprender (esta medida entrará en vigor el próximo 1 de Enero de 2018).

-A partir del 1 de Enero de 2018 se aplicarán mejoras para los emprendedores con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo que quieran hacerse autónomos.

-Las bonificaciones de la tarifa plana se alargan hasta los 24 meses, aplicándose durante los doce primeros meses de alta como autónomo la tarifa plana de 50€, a continuación en los seis meses siguientes se aplicaría una reducción del 50% de la cuota de autónomos que correspondería sin bonificación y en los últimos seis meses se aplicaría una reducción del 30% de la cuota de autónomos que correspondería sin bonificación (esta medida entrará en vigor el próximo 1 de Enero de 2018).

Novedades sobre afiliación/cotización a la seguridad social

-Las cotizaciones relativas al primer mes de alta del autónomo se realizarán en función de los días que haya estado dado de alta en el mes y no en función de todo el mes como se viene haciendo (esta medida entrará en vigor el próximo 1 de Enero de 2018).

-Los autónomos podrán darse de alta y baja en la seguridad social hasta tres veces en el mismo año (esta medida entrará en vigor el próximo 1 de Enero de 2018).

-Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización en función de sus intereses e ingresos (esta medida entrará en vigor el próximo 1 de Enero de 2018).

-Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla.

-Un autónomo jubilado podrá cobrar el 100% de su pensión y seguir trabajando si tiene al menos a un trabajador a su cargo.

-La cuota de los autónomos societarios ya no subirá automáticamente en función de lo que suba el salario mínimo interprofesional sino que dependerá de lo que se determine en los Presupuestos Generales del Estado, después de negociarlo con las asociaciones más importantes.

Reconocimiento del accidente in itinere y mejora de la formación en prevención de riesgos laborales

-Se reconoce el accidente in itinere (es decir al ir o volver del trabajo) del trabajador autónomo siempre y cuando no coincida con su domicilio.

-Se mejora la formación en prevención de riesgos laborales de trabajadores autónomos.

Facilitación de la formación de trabajadores autónomos

-Los trabajadores por cuenta propia podrán acceder por una formación adaptada a sus necesidades, con el fin de mejorar sus competitividades y consolidar su trabajo empresarial.

Favorecimiento del diálogo social

-Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de utilidad pública.

-Las organizaciones también contarán con un año de plazo para entrar en el Consejo Económico y Social para la constitución del Consejo de Trabajo Autónomo.

Beneficios fiscales

-Se reducen los recargos por retraso en los pagos a la seguridad social a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes (esta medida entrará en vigor el próximo 1 de Enero de 2018).

-Los autónomos podrán deducirse un 30% de los gastos de suministro, como el agua, la luz y telefonía, siempre que puedan acreditar que trabajan desde casa (esta medida entrará en vigor el próximo 1 de Enero de 2018).

-Se podrán deducir 26,67€ diarios en el IRPF por gasto en comida, cuando afecte directamente a la actividad en territorio español. En el extranjero esta deducción  asciende a 48€ diarios (esta medida entrará en vigor el próximo 1 de Enero de 2018).

Obligación de la domiciliación de cuota

-A partir del 1 de Enero de 2018 será obligatorio que los trabajadores autónomos domicilien el pago de sus cuotas a la seguridad social, extremo que en la actualidad sólo afecta al régimen de las empleadas de hogar.

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