Prestación accesoria

Obligaciones (de dar, hacer o no hacer) que asumen de forma voluntaria los socios de una compañía frente a la misma. Deberán contenerse en los Estatutos Sociales con indicación de su contenido y carácter (gratuito o retribuido) para que sean consideradas válidas. Por ello se dice que son de naturaleza «estatutaria», ya que nacen con su inclusión en los estatutos. El objetivo que se persigue es dotar a los socios de una mayor implicación hacia la compañía, y por ende, su incumplimiento voluntario podrá comportar la exclusión del socio respecto de la sociedad (art. 350 LSC).